La Geotecnia es una área de la
ingeniería civil dedicada al estudio físico-químico del suelo así como su
comportamiento mecánico el cual nos describe información de los suelo,
información la cual nos dirá por medio de pruebas de laboratorio el
comportamiento y estructuración del suelo.
Esta área de la Ingeniería civil está dedicada al estudio del suelo principalmente para el diseño de
cimentaciones ya sean superficiales o profundas, dentro del área de la
ingeniería civil se la ha llamado cimentación al conjunto de elementos
estructurales que se diseñan y se construyen para que trabajen interactuando
entre la estructura del proyecto y el suelo de apoyo.
Para el diseño de cimentaciones se toman en cuenta dos aspectos:
- La estructura de proyecto: esta
definirá la forma de trabajo de si misma así como la magnitud de las
cargas y elementos mecánicos que a través de la estructura solicitaran la
cimentación.
- El suelo de apoyo: en el sitio
donde se desplante la estructura es importante evaluar el comportamiento
mecánico del suelo así como la respuesta dinámica de este material que
constituye a cada uno de los depósitos de suelo que quedan dentro de la
zona de incidencia de esfuerzos que serán inferidos por la cimentación.
Después de ello se determina si se usaran una
cimentación superficial (zapatas, lozas de cimentación, arcos invertidos o
cajones de cimentación) o cimentaciones profundas (pilas o pilotes).
CIMENTACIÓN SUPERFICIAL
Al haber
obtenido la opción de cimentación a partir de las características anteriores se
procede al diseño de tal elemento el cual debe estar regido por normas las
cuales ya están establecidas, a continuación hemos tomado del REGLAMENTO DE
CONSTRUCCIÓN DEL DISTRITO FEDERAL un resumen de los capítulos referidos a
cimentaciones:
CAPITULO VIII
DEL DISEÑ0 DE CIMENTACIONES
ART. 169- Toda
edificación se soportara por medio de una cimentación que cumpla con los
requisitos relativos al diseño y construcción que se establecen en las Normas.
Las edificaciones no podrán en ningún
caso desplantarse sobre tierra vegetal, suelos o rellenos sueltos o desechos
Solo será aceptable cimentar sobre terreno natural firme o rellenos
artificiales que no incluyan materiales degradables y hayan sido adecuadamente
compactados.
ART. 171.- La
investigación del subsuelo del sitio mediante exploración de campo y pruebas de
laboratorio debe ser suficiente para definir de manera confiable los parámetros
de diseño de la cimentación, la variación de los mismos en la planta del predio
y los procedimientos de edificación. Además, debe ser tal que permita
definir:
ll En la zona l a que se refiere el
artículo 170 de este Reglamento, si existen materiales sueltos superficiales ,
grietas, oquedades naturales o galerías de minas, y en caso afirmativo su
apropiado tratamiento, y
ll . En las zonas ll y lll a que se refiere
el artículo 170 de este Reglamento la existencia de restos arqueológicos ,
cimentaciones antiguas, grietas , variaciones fuertes de estratigrafía,
historia de carga del predio o cualquier otro factor que pueda originar
asentamientos diferenciales de importancia, de modo que todo ello pueda tomarse
en cuenta en el diseño.
ART. 172.- Deben
investigarse el tipo y las condiciones de cimentación de las edificaciones
colindantes en materia dc estabilidad, hundimientos, emersiones, agrietamientos
del suelo y desplomos, y tomarse en cuenta en el diseño y construcci6n de la
cimentación en proyecto.
Así mismo, se investigar la
localización y las características de las obras subterráneas cercanas,
existentes o proyectadas, pertenecientes a Red de Transporte Colectivo, de
drenaje y de otros servicios públicos, con objeto de verificar que la
edificación no cause daños a tales instalaciones ni sea afectada por ellas.
ART. 173.- En el diseño de
toda cimentación, se consideran los estados límite de falla y de servicio tal y
como se indican en las Normas.
CAPITULO V
DE LAS EXCAVACIONES Y CIMENTACIONES
ART. 208.- Para la
ejecución de las excavaciones y la construcción de cimentaciones se observaran
las disposiciones del Capítulo Vlll del Título Sexto de este Reglamento, así
como las Normas. En particular cumplirá lo relativo a las precauciones para que
no resulten afectadas las edificaciones y predios vecinos ni los servicios
públicos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 172 de este Reglamento.
ART. 209.- Si en el
proceso de una excavación se encuentran restos fósiles o arqueológicos, se debe
suspender de inmediato la excavación en ese lugar y notificar a la Delegación
para que lo haga del conocimiento de las dependencias de la Administración Pública
Federal y/o Local competentes.
ART. 210.- El usa de
explosivos en excavaciones queda condicionado a la autorización y cumplimiento
de los ordenamientos que señale la Secretaria de la Defensa Nacional y a las
restricciones y elementos dc protección que ordene la Delegación.
Para el buen diseño de una cimentación
es necesario regirse de las normas técnicas de cimentaciones las cuales nos
determinaran factores los cuales permitirán que nuestra cimentación cumpla con
los requerimientos y sea capaz de tener un buen funcionamiento, dichas normas
son las siguientes:
Excelente la desmotracion
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